lunes, 19 de octubre de 2009

ESTATUTOS CORPOSUR.doc

MUNICIPIO DE PEREIRA

CORREGIMIENTO TRIBUNAS CÓRCEGA

ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONÓMICO y CULTURAL DEL SURORIENTE DE DE PEREIRA CORPOSUR

CAPÍTULO I

NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO, DURACIÓN Y CAPITAL

ARTICULO 1º NOMBRE DE LA CORPORACIÓN- La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta es una entidad sin ánimo de lucro, que se constituye como una Corporación y se denomina CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONÓMICO y CULTURAL DEL SURORIENTE DE PEREIRA y se identificará con la sigla CORPOSUR

ARTICULO 2º DOMICILIO: La Corporación tiene su domicilio en el kilómetro 5, la vereda Huertas del Corregimiento de Tribunas – Córcega, Municipio de Pereira Risaralda, Centro Docente Guayabal, pero su radio de acción será todo el territorio nacional, en especial el sector suroriental del Municipio de Pereira.

ARTICULO 3º VIGENCIA: EL término de vigencia de CORPOSUR será de diez (10) años, contados a partir del acta de constitución, pero podrá ser disuelta por razones de ley o por decisión de todos sus asociados, de conformidad con los presentes estatutos.

ARTÍCULO 4º OBJETO SOCIAL: El objeto de la corporación es propender por el desarrollo social, económico y cultural de todos los habitantes de los sectores surorientales de Pereira, en especial del Corregimiento de Tribunas Córcega, así como el de sus asociados y el de sus familias a través del diseño, elaboración y ejecución de Proyectos de Inversión Social, económicos y culturales.

PARÁGRAFO: FINES ESPECÍFICOS: Los fines específicos de CORPOSUR son:

  1. Diseñar, elaborar y ejecutar proyectos que redunden en el beneficio de la comunidad del Sector Suroriental de Pereira, en materia social, económica y cultural.
  2. Gestionar y ejecutar proyectos de comunicación que sirvan como herramienta de difusión de la cultura, la recreación, las fortalezas y necesidades del Sector, tales como periódicos, emisoras, televisión comunitaria, entre otros.
  3. Prestar los servicios de capacitación no formal en todas las áreas del conocimiento a los habitantes de la jurisdicción y a la comunidad en general y a las organizaciones cívicas.
  4. Fomentar la cultura ciudadana en las comunidades del Sector Suroriental de Pereira.
  5. Desarrollar proyectos ambientales en procura de preservar la riqueza hídrica, paisajística y la biodiversidad del Sector.
  6. Diseñar, elaborar y ejecutar proyectos de turismo en todo el Municipio de Pereira.
  7. Fomentar la práctica de las diferentes modalidades culturales en los habitantes del Sector.
  8. Fomentar, patrocinar y gestionar proyectos de recreación y deporte para la comunidad del radio de acción.
  9. Propender por el desarrollo y manifestaciones de la identidad del sector, así como el sentido de pertenencia de sus habitantes.
  10. Servir de intermediario en la comercialización de productos del sector.

CAPÍTULO I I

DISPOSICIONES SOBRE EL PATRIMONIO

ARTÍCULO 5º: El patrimonio de la CORPORACIÓN está constituido por:

  1. Auxilios donados por personas naturales o jurídicas;
  2. Por los bienes que a cualquier título adquiera, incluyendo donaciones de empresas nacionales o extranjeras;
  3. Por los bienes que por cualquier concepto ingresen a la organización.

A la fecha de constitución, el patrimonio asciende a la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000), producto del aporte de cada uno de los integrantes de la CORPORACIÓN.

ARTÍCULO 6º.- La organización y administración del patrimonio estará a cargo de la Asamblea General, la cual delegará, en el Tesorero la responsabilidad de su manejo. Sus fondos serán depositados en una cuenta corriente o de ahorros y sólo se destinarán al cumplimiento de sus objetivos.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS

ARTICULO 7º: MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN: Son miembros de la CORPORACIÓN, las personas que firmaron el Acta de Constitución y las que posteriormente adhieran a ella, ya sea personas naturales o jurídicas, previo el lleno de los requisitos establecidos en los presentes estatutos o en los reglamentos internos.

ARTICULO 8º SON DEBERES DE LOS CORPORADOS:

  1. Colaborar en el cumplimientos de los objetivos de la Corporación;
  2. Acatar y cumplir los estatutos y reglamentos de la CORPORACIÓN.;
  3. Cumplir con el aporte laboral, requerido, de acuerdo a la reglamentación de la Asamblea;
  4. Cumplir las decisiones de la Asamblea General y de la Junta directiva;
  5. Atender las recomendaciones que les formule la CORPORACIÓN. y poner a su disposición, cuando a su juicio lo considere conveniente el personal y los elementos que se requieran para el cumplimiento de programas o proyectos específicos.
  6. Hacer los aportes económicos que por asamblea general sean aprobados.
  7. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea.

ARTICULO 9º DERECHOS DE LOS CORPORADOS.

  1. Los integrantes de la Corporación tendrán derecho a voz y voto en las diferentes instancias deliberativas.
  2. Elegir y ser elegidos en los distintos organismos de la CORPORACIÓN.;
  3. Proponer actividades de la CORPORACIÓN.;
  4. Participar en las actividades de la CORPORACIÓN;
  5. Recurrir ante la Junta Directiva y ante la Asamblea General de Asociados, en caso de que sus derechos sean vulnerados

ARTÍCULO 10º:

CONDICIONES PARA INGRESAR.- Las personas que cumplan los siguientes requisitos podrán ser aceptados como tales:

PERSONAS NATURALES

  1. Declararse identificados con los objetivos de la CORPORACIÓN;
  2. Comprometerse a participar en las actividades de la CORPORACIÓN;
  3. Presentar solicitud de admisión escrita ante la Junta Directiva, organismo que resolverá su solicitud en reunión ordinaria;

ARTICULO 11º: CAUSALES DE RETIRO.- El carácter de CORPORADO se perderá:

    1. Por el retiro voluntario.
    2. Por haber incumplido en forma grave con los compromisos con la CORPORACIÓN.
    3. Por el incumplimiento de los presentes estatutos.

CAPITULO IV

ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DIRECCIÓN Y FISCALIZACIÓN

ARTÍCULO 12º.- ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN: La Corporación tendrá los siguientes organismos de administración:

  1. La Asamblea General, que será el máximo órgano de administración.
  2. La Junta Directiva, que estará integrada como sigue:
  1. El o la Presidente, que será el representante legal.
  2. El o la fiscal.
  3. El o la tesorera
  4. Cinco (5) vocales.

ARTICULO 13º.- La asamblea general esta constituida por todos los miembros activos de la CORPORACIÓN, será la máxima autoridad y sus decisiones son obligatorias siempre y cuando se hayan tomado de acuerdo con lo previsto en los presentes estatutos.

ARTICULO 14º.- La asamblea general tendrá dos clases de reuniones, extraordinarias y ordinarias, y será necesario un quórum de la mitad más uno de los asociados para decidir y deliberar en cualquiera de ellas.

PARÁGRAFO: Las reuniones ordinarias serán cada año, y las extraordinarias cada que lo considere necesario la Junta Directiva o por lo menos, la tercera parte de los integrante de la Corporación.

ARTICULO 15º.- Las reuniones serán presididas por el presidente de la Junta Directiva o la persona que designe la Asamblea y actuará como secretario el de la junta directiva o la persona que designe la Asamblea.

ARTICULO 16º.- La convocatoria para las reuniones ordinarias se hará con quince (15) días comunes de antelación y las extraordinarias con cinco (5) días comunes de anticipación

La convocatoria para reuniones ordinarias y extraordinarias será efectuada por el Representante Legal, mediante oficio dirigido a los corporados, el cual debe contener la fecha, hora y asunto para tratar, y se entregará través de correo certificado o de manera personal, con copia donde se firme el recibido. Igualmente, y con la misma antelación, dicha información se publicará en cartelera ubicada en la sede de la corporación.

Si se convoca a Asamblea General y la reunión no se efectúa por falta de quórum, se dará espera de una hora para llevar a cabo la reunión, con un número plural de asociados que represente por lo menos el 10% total de asociados.

El evento que no haya quórum, se citará a otra reunión, que sesionará y decidirá con cualquier número plural de asociados que asistan.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL:

  1. Velar por el cumplimiento de los objetivos de la Organización, de los estatutos y reglamentos;
  2. Elegir Junta Directiva y sus cargos;
  3. Revisar, aprobar o improbar las cuentas de La CORPORACIÓN. y los informes presentados por el Presidente y el Tesorero;
  4. Decretar la disolución de la entidad;
  5. Aprobar los balances de la CORPORACIÓN. Teniendo en cuenta el carácter de altruista que persigue.;
  6. Aprobar los planes de trabajo;
  7. Trazar y revisar las políticas generales de la CORPORACIÓN.;
  8. Establecer la creación de seccionales o filiales;
  9. Servir de Tribunal de Garantía para los integrantes;
  10. Aprobar o inaprobar la fusión orgánica o su colaboración económica con otras entidades de carácter similar, ya sean nacionales o internacionales;
  11. Aprobar o inaprobar la admisión de socios activos que sean personas jurídicas;
  12. Aprobar aportes extraordinarios de los asociados.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO 18º.- INTEGRACIÓN: La Junta Directiva esta compuesta por el presidente, secretario, fiscal, tesorero y cinco (5) vocales; elegidos por La Asamblea General para períodos de un año contados a partir de la elección, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente.

ARTÍCULO 19º.- FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA:

  1. Designar y remover a los dignatarios cuya elección no corresponda a la Asamblea General;
  2. Crear los empleos que considere necesarios para el buen funcionamiento de la CORPORACIÓN.;
  3. Delegar en el representante legal, o cualquier funcionario, las funciones que se estimen convenientes;
  4. Autorizar al representante legal para comprar, vender, o grabar bienes para celebrar contratos cuyo valor excede a 22 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  5. Convocar a la Asamblea General cuando no lo haga el representante legal o reuniones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente;
  6. Presentar a la asamblea general los informes necesarios;
  7. Examinar, cuando lo tenga a bien, los libros, documentos y caja de la entidad;
  8. Tomar las decisiones que no corresponden a otro órgano de la corporación;

ARTICULO 20º.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una (1) vez al mes y podrá reunirse extraordinariamente cuando lo solicite por escrito dos (2) de sus miembros o el Fiscal. Las convocatorias para reuniones ordinarias y extraordinarias, las hará el presidente de la Junta Directiva; las ordinarias, con 15 días comunes de anticipación, y las extraordinarias con cinco (5) días comunes de antelación, mediante oficio que se entregará través de correo certificado o de manera personal, con copia donde se firme el recibido. Igualmente, y con la misma antelación, dicha información se publicará en cartelera ubicada en la sede de la corporación.

Deliberará y decidirá con la presencia y los votos de la mayoría de sus miembros.

ARTICULO 21º.- La Junta Directiva será elegida por la Asamblea General por el sistema de planchas.

ARTICULO 22º.- Funciones del (a) Presidente (a).

  1. Presidir todo los actos sociales de la CORPORACIÓN., las reuniones de la Junta Directiva y la Asamblea General de Socios;
  2. Convocar a reuniones de Junta Directiva y de la Asamblea General de Socios;
  3. Firmar conjuntamente con el Secretario, las actas de la Junta Directiva;
  4. Firmar a nombre de la CORPORACIÓN. todos los contratos que se requieran para el desarrollo del objeto social.
  5. Desempeñar las funciones de representante legal de la CORPORACIÓN.;
  6. Hacer cumplir la ley, los estatutos, reglamentos internos y acuerdos emanados de la Asamblea General de Corporados y de la junta Directiva;
  7. Las demás que le sean propias de su cargo y que no se encuentren expresamente asignadas a otros órganos.
  8. Representar judicial y extrajudicialmente a la CORPORACIÓN., conferir poderes y mandatos especiales en procesos o trámites ante entidades de cualquier índole o del poder judicial con facultades para transigir, desistir, delegar, sustituir, reasumir y conciliar. Asimismo constituir apoderados judiciales para la defensa de la CORPORACIÓN.;
  9. Efectuar apertura de cuentas bancarias de acuerdo a instrucciones emitidas por la Asamblea General.
  10. Firmar, girar, endosar títulos valores y otros documentos de crédito relacionados con la actividad de La CORPORACIÓN.;
  11. Seleccionar, nombrar o remover a los empleados de la CORPORACIÓN. de acuerdo a organigrama operativo y a la escala de salarios aprobada por la Asamblea General, teniendo en cuenta el grado de desarrollo de la entidad;
  12. Establecer comités asesores que apoyen en desarrollos de la institución y de los proyectos de la misma;
  13. Firmar los informes, balance general, y los estados de resultado, gestión o financieros que se presenten a la Asamblea General de Socios;
  14. Dirigir las relaciones públicas y mantener la buena imagen institucional ante los socios y terceros;
  15. Realizar las demás funciones propias de su cargo que le sean asignadas por la Asamblea general, dentro de las normas legales, estatutarias, reglamentarias y los acuerdos de la Asamblea General de Socios;

ARTICULO 23º.- FUNCIONES DEL SECRETARIO.-

  1. Comunicar la convocatoria a reuniones de asamblea y directiva;
  2. Registrar, tener bajo su cuidado, diligenciar y mantener actualizados los libros de inscripción de afiliados, de actas, de asamblea, directiva;
  3. Llevar, custodiar y organizar el archivo y documentos de la junta;
  4. Certificar sobre la condición de afiliados de los miembros de la Junta;
  5. Llevar el control de los afiliados suspendidos, así como la de las personas sancionadas con desafiliación y realizar la correspondiente actualización del libro de afiliados;
  6. Servir de Secretario en las reuniones de Asamblea, las Directivas y los Reglamentos;
  7. Llevar un control de asistencia de afiliados a las Asambleas;
  8. Las demás que le señale la Asamblea, las Directivas y los Reglamentos.

ARTÍCULO 24º: FUNCIONES DE FISCAL.- Son funciones del fiscal:

  1. Examinar operaciones y documentos de la CORPORACIÓN.;
  2. Verificar la exactitud de los informes que se presenten para la aprobación de la Junta;
  3. Tendrá voz pero no voto y podrá ser o no socio activo de la CORPORACIÓN.;
  4. Velar por el cumplimiento de los estatutos por parte de la Junta Directiva y de cada uno de los corporados.
  5. Las demás que la Junta Directiva o la Asamblea General le confieren.

ARTÍCULO 25º: FUNCIONES DEL TESORERO: Son funciones del tesorero las siguientes:

  1. Velar, en concordancia con el resto de la Junta Directiva, por el correcto manejo de los fondos de la Corporación.
  2. Llevar de manera correcta y de conformidad con las normas contables, los libros de contabilidad.
  3. Rendir informes periódicos a la Junta Directiva y a la Asamblea General, respecto del funcionamiento de los recursos financieros de la organización.
  4. Hacer el proyecto de presupuesto para cada anualidad.
  5. Velar por el recaudo de las cuotas que por Asamblea General se hayan aprobado a cada asociado.
  6. Efectuar de manera oportuna los pagos de las cuentas a proveedores, asociados y acreedores, de conformidad con las instrucciones de la Presidencia.
  7. Constituir las cuentas de ahorro, corrientes, títulos, que se requieran para el buen manejo de los fondos de la organización.
  8. Efectuar oportunamente los pagos de los impuestos y retenciones a cargo de la Corporación.
  9. Realizar las demás funciones propias de su cargo que le sean asignadas por la Asamblea general, la Junta Directiva, dentro de las normas legales, estatutarias, reglamentarias y los acuerdos de la Asamblea General de Socios;

ARTÍCULO 26º: FUNCIONES DE LOS VOCALES: Son funciones de los vocales:

  1. Asistir a todas las reuniones de Junta Directiva y de la Asamblea General.
  2. Colaborar activamente en las actividades programadas por la Junta Directiva.
  3. Integrar los comités o comisiones que establezca la Junta Directiva.
  4. Desarrollar las actividades que le sean delegadas por la Presidencia o la Junta Directiva.
  5. Reemplazar a los miembros que no asistan a las reuniones de la Junta Directiva.

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES VARIAS


ARTÍCULO 27º.- REFORMA DE LOS ESTATUTOS: Los presentes Estatutos sólo podrán reformarse por la Asamblea General mediante propuesta de la Junta Directiva a los asociados en Asamblea Extraordinaria citada especialmente para el efecto y cuya convocatoria se hará de conformidad con el procedimiento estipulado en el artículo 16º.

PARÁGRAFO: QUÓRUM: Para que la reforma sea válida, se requiere la aprobación de las dos terceras partes de los asociados..

CAPÍTULO VI

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

ARTÍCULO 28º.- LA CORPORACIÓN. SE DISOLVERÁ Y LIQUIDARÁ:

1.- Por extinción de los bienes de la Entidad;

2.- Por agotamiento de los objetivos de la CORPORACIÓN.;

3.- Decisión de Autoridad competente;

4.- Por decisión en pleno de la Asamblea General de Corporados;

5.- Por vencimiento del término previsto para su duración.

ARTICULO 29º.- Decretada la disolución, la Asamblea General procederá a nombrar liquidador o liquidadores. Mientras no se hagan dichos nombramientos actuará como liquidador el representante legal.

ARTÍCULO 30º.- Terminado el trabajo de liquidación y cubierto el pasivo, el remanente, si lo hubiere, pasara en calidad de donación a una entidad de beneficencia, o cualquier otra sin ánimo de lucro que determine la Asamblea;

ARTICULO 31º.- Serán aplicables a la presente entidad sin ánimo de lucro, todas las disposiciones legales vigentes que le sean complementarias y compatibles y que suplan los vacíos que pudiesen tener.

ARTÍCULO 32º Aprobación.- Los presentes estatutos de la CORPORACIÓN fueron aprobados por unanimidad en reunión de fecha 16e MARZO de 2007.


ROGER MARÍN GONZÁLEZ DAVID JULIAN MURILLO

Presidente ad-hoc Secretario ad-hoc

CENTRO DOCENTE VEREDA GUAYABAL, 3388502 PEREIRA

1 comentario:

  1. Cordial saludo compañeros
    de nuevo afirmo que me gusta el tema que trata esta entidad en el tema de lo turistico, que bueno seria tener la oportunidad de conocer este corregimiento ¡vean que no tenemos que ir tan lejos!.. y veo que ultimamente al colocado nuevas imagenes estan muy buenas

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